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En caso de sucesión de empresas, el nuevo titular se convierte en responsable solidario junto con el anterior durante tres años de las obligaciones laborales anteriores a la transmisión que no hayan sido satisfechas. Ahora bien:

  • El plazo de prescripción que tienen los trabajadores para reclamar deudas salariales es de un año. Es decir, aunque se produzca una sucesión de empresas, sigue rigiendo el plazo de prescripción de un año.
  • Por tanto, si un trabajador afectado por una sucesión quiere reclamar al nuevo empresario una deuda generada con anterioridad a la sucesión, pero ya ha pasado más de un año desde que se originó dicha deuda, su derecho a reclamar ya habrá prescrito.