Cuando una empresa despide a un trabajador, éste puede aceptar la decisión o impugnarla (reclamar contra el despido).

  • Plazo: el trabajador tiene 20 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni festivos, pero sí agosto) para reclamar ante el Juzgado de lo Social.

  • Conciliación previa: antes de ir a juicio, es obligatorio intentar un acuerdo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

    • Si el trabajador no va, se archiva el caso.

    • Si no va la empresa y luego el juez le da la razón al trabajador, la empresa puede tener que pagar las costas (hasta 600 €).

    • Si no van ninguno, se archiva.

    • Si hay acuerdo, se firma un acta que vale como una sentencia y ambas partes deben cumplirla.

  • Conciliación judicial: si no hubo acuerdo antes, hay un último intento de conciliación justo antes del juicio, esta vez ante el secretario judicial.

  • Juicio: si tampoco hay acuerdo, se celebra el juicio.

    • El trabajador ratifica su demanda.

    • La empresa responde o reclama algo si procede.

    • Ambas partes presentan pruebas.

    • La empresa debe demostrar que el despido fue justificado.

     

En resumen: tras un despido, el trabajador puede reclamar en 20 días. Antes del juicio hay que intentar acuerdos (conciliaciones). Si no hay acuerdo, se llega a juicio, y será la empresa quien tenga que probar que el despido está bien hecho y está justificado.