En 2026 se ha incrementado la base mínima de cotización aplicable a los autónomos societarios y a los familiares colaboradores.

Los autónomos societarios son aquellos que trabajan en una sociedad en la que tienen control efectivo y, por ello, deben estar dados de alta en el RETA. Por su parte, los familiares colaboradores son el cónyuge o familiares de hasta segundo grado que colaboran habitualmente en el negocio de un empresario individual y conviven con él.

Aunque estos colectivos también cotizan en función de sus ingresos anuales, tienen una base mínima específica distinta a la del resto de autónomos.

Hasta 2025, la base mínima era de 1.000 euros mensuales, lo que suponía una cuota aproximada de 314 euros al mes. Sin embargo, en 2026 esta referencia cambia: la base mínima no podrá ser inferior a la base mínima del grupo 7 del Régimen General, correspondiente a auxiliares administrativos, que para 2026 se sitúa en 1.424,40 euros mensuales.

Esto implica una subida de 424,40 euros en la base mínima de cotización. En términos de cuota, un autónomo que cotice por esa base pasará a pagar aproximadamente 448,69 euros al mes, frente a los 314 euros anteriores. Es decir, el incremento mensual será de unos 134,69 euros.

No obstante, existe una medida transitoria. Los autónomos que a 31 de diciembre de 2025 estuvieran cotizando por la base mínima de 1.000 euros podrán seguir aplicándola provisionalmente durante 2026. Ahora bien, esta reducción será temporal, ya que la Seguridad Social regularizará posteriormente las cuotas y reclamará las diferencias que correspondan.