El 15 de mayo de 2026 se publicó en el BOE una resolución que regula la formación preventiva de las personas trabajadoras del hogar y la forma de acreditar que dicha formación se ha realizado.

¿A quién afecta?

A las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar y a las familias empleadoras.

¿Qué regula?

La norma regula la formación en prevención de riesgos laborales que debe recibir la persona trabajadora del hogar. No debe confundirse con la evaluación de riesgos del domicilio, que se realiza mediante otra herramienta específica

Plataformas previstas

  • es: para que la persona empleadora pueda realizar la evaluación de riesgos del hogar.
  • eFundae: para que la persona trabajadora realice la formación preventiva y obtenga su acreditación.

Tareas incluidas en la formación

La formación se organizará según las tareas realizadas, entre ellas:

  • Limpieza
  • Cocina y servicio de comidas
  • Conducción
  • Cuidado de personas
  • Trabajo nocturno o interno
  • Cuidado de mascotas
  • Jardineria

Acreditación de la formación

La persona trabajadora podrá obtener:

  • Certificado de participaciones, si completa la formación y realiza al menos el 75% de los controles
  • Diploma de aprovechamiento si, además, supera el 75% de dichos controles
  • Recomendación para familias empleadoras.

Las familias empleadoras deberán estar atentas a estas nuevas obligaciones preventivas, facilitar la formación de la persona trabajadora y conservar la documentación acreditativa.